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Historia en el aula

La Revolución Francesa II. Fases del Proceso.

2.3 El desarrollo de la Revolución Francesa (1789-1815)
(páginas 71 a 86)

 

 




La Revolución se desarrolló a lo largo de varias fases, desde 1789 hasta 1815, donde se pasa por momentos radicales y otros más moderados, terminando con el gobierno personal de Napoleón y tras la derrota de éste a una vuelta, al menos aparentemente, del Antiguo Régimen.

1ª fase: Los Privilegiados no quieren pagar impuestos.

Ante las presiones de los Privilegiados Luis XVI se vio obligado a convocar los Estados Generales (TEXTO 1). (no se convocaban desde hacía más de un siglo), organismos que representaban por separado a los tres estamentos del Reino, la nobleza, la iglesia y el pueblo o Tercer Estado. Su reunión se realizaría a comienzos de mayo de 1789. Desde mucho antes de realizarse su reunión comenzaron los problemas, por el tipo de votación que debía realizarse, pues mientras los miembros del Tercer Estado pedían una reunión conjunta de los tres estamentos y que se votase individualmente, los estamentos privilegiados querían una reunión en cámaras separadas y que cada grupo dispusiese de un único voto. Al mismo tiempo que por toda Francia cada comunidad debería designar a sus representantes, se preveía la realización de los llamados Cuadernos de quejas (Texto 2) (“cahiers de doléances”) en los cuales cada comunidad debía expresar las reivindicaciones que luego cada diputado debería trasladar al Rey. La mayoría de ellos fueron redactadas por miembros de la burguesía, aunque también hay ejemplos de algunas redactadas por clases más bajas (Texto 3). Además de estos cuadernos, Francia se vio inundada por numerosos panfletos de carácter político. Quizás el más conocido sea el redactado por Sièyes y titulado ¿Qué es el Tercer Estado? (Texto 4). En esta obra Sièyes concluye que desde el punto de vista político el Tercer Estado, la inmensa mayoría de la nación francesa, formado por quienes trabajan y sostienen con sus impuestos el estado, debe tener en sus manos el control político de Francia.

Texto 1.

LUIS XVI CONVOCA LOS ESTADOS GENERALES

Nos necesitamos el concurso de nuestros fieles súbditos para que nos ayuden a superar las dificultades que Nos encontramos relativas al estado de nuestras finanzas, y para establecer, de acuerdo con nuestros deseos, un orden constante e invariable en todos los aspectos del gobierno que tienen que ver con la felicidad de nuestros súbditos y con la prosperidad de nuestro reino. Estas importantes razones nos han determinado a convocar la Asamblea de los Estados Generales de todas las provincias, tanto para que nos aconsejen y nos asistan en todos los asuntos que sean expuestos ante Nos, como para hacernos saber los deseos y quejas de nuestros súbditos, de forma que por una mutua confianza y amor recíproco, se aporte lo más prontamente posible un remedio eficaz a los males del estado, que los abusos de todo género sean reformados y prevenidos por buenas y firmes disposiciones que aseguren la felicidad pública y que nos aporten a Nos particularmente, la calma y tranquilidad de las que Nos hemos carecido desde hace largo tiempo.

Convocatoria de los Estados Generales, Luis XVI en Versalles el 14 de enero de 1789

 

Texto 2.

UN CUADERNO DE QUEJAS

1. Suplicamos humildemente a Su Majestad que ordene la supresión de todos los privilegios atribuidos a las heredades consideradas como señoriales, cualquiera que sea la calidad de sus poseedores; y que las imposiciones de toda naturaleza, reales, provinciales, diocesanas y municipales sean soportadas por todas las heredades indistintamente según la tarifa del catastro.

2. Dado que este primer tipo de impuesto no afecta más que a las heredades, y que es justo que los capitalistas y gentes de negocios concurran a las necesidades del Estado de acuerdo con su fortuna. También suplicamos a Su Majestad que determine, según su buen juicio, el reglamento que juzgare necesario para autorizar a las municipalidades de su reino incluir en el registro de contribuyentes, especialmente las heredades y fortunas de todos los súbditos del rey.

3. Que conceda a la provincia de Languedoc una nueva constitución y una nueva administración, compuesta por diputados de los tres órdenes libremente elegidos, a fin de que la misma sea verdaderamente representativa de estos tres órdenes de la dicha provincia, y que el Tercer Estado tenga el mismo número de representantes que los otros dos órganos reunidos del Clero y la Nobleza; y que, se delibere no por orden sino por cabeza de deliberantes.

5. Que ordene la supresión de todos los derechos de salida impuestos a los vinos de Languedoc, dado que este producto constituye el principal recurso de esta parte de la provincia, pues los genoveses y otros extranjeros que compran los vinos aprovechan esta circunstancia para adquirirlos a un precio bajo...

Cuaderno de Quejas y Súplicas de la comunidad D´uchau, 14 de marzo de 1789

 

Texto 3.

UN FRAGMENTO DE UN CUADERNO DE QUEJAS

Art. 1. Declaramos tener el honor de exponer a Su Majestad que los pueblos bretones, tanto de las ciudades como del campo, son tratados y llevados como esclavos por los nobles y miembros del alto clero. Fuerzan al Tercer Estado a moler y cocer en sus molinos y hornos banales, para ser robados por empleados infames que desperdician nuestro grano y nos roban impunemente. (...) Que nos sea permitido en adelante moler y cocer en los molinos y hornos de los señores (...) que nos gusten más (...), y que no haya ya esclavos en Bretaña sobre este asunto y que cada uno sea libre (...)
Art. 13. Que en en adelante se elegirá a los doce representantes de la comunidad de Pont- L´Abbée de la siguiente manera: cuatro de entre los burgueses, cuatro de entre los más notables artesanos y cuatro de entre los más nobles labradores (...) y que todos los cargos municipales (....) (sean) tanto para los labradores, artesanos como burgueses. Pues es algo indigno e injusto privar a honestos ciudadanos de los cargos municipales de su parroquia, como lo vienen haciendo los burgueses de Pont-L´Abbé desde hace pocos años (...)

Cuaderno de quejas de los labradores de Pont-L´Abbé.

 

Texto 4.

¿QUÉ ES EL TERCER ESTADO?

El plan de este escrito es muy simple. Nos planteamos tres preguntas: ¿Qué es el Estado llano? Todo. ¿Qué ha sido hasta el presente en el orden político? Nada. Qué pide? Llegar a ser algo. ¿Quién osaría decir que el Estado llano no contiene en sí todo lo necesario para formar una nación completa? Es un hombre fuerte y robusto que tiene aún un brazo encadenado. Si se hiciera desaparecer el orden privilegiado, la nación no sería menos sino más. Y ¿qué es el Estado llano? Todo, pero un todo trabado y oprimido. ¿Y qué sería sin el orden privilegiado? Todo, pero un todo libre y floreciente. Nada puede funcionar sin él, todo andaría infinitamente mejor sin los demás. No basta haber mostrado que los privilegiados, lejos de ser útiles a la nación, no pueden sino debilitarla y dañarla. Es menester probar aún que el orden noble no entra en la organización social; que puede ciertamente ser una carga para la nación, pero que no sabría formar una parte de ella... ¿Qué es una nación? Un cuerpo de asociados que viven bajo una ley común y representados por la misma legislatura. ¿No es evidente que la nobleza tiene privilegios, dispensas, incluso derechos separados de los del gran cuerpo de ciudadanos? Por esto mismo sale de la ley común, y por ello sus derechos civiles lo constituyen en pueblo aparte dentro de la gran nación. Verdaderamente es un imperium sin imperio. Respecto a sus derechos políticos, también los ejerce separadamente. Tiene sus representantes que no están encargados en absoluto por procuración de los pueblos. El cuerpo de sus diputados se reúne aparte. Pero aun cuando se reuniera en una misma sala con los diputados de los simples ciudadanos, no es menos verdad que su representación es distinta por esencia y separada. Es ajena a la nación por principio, puesto que su misión no emana del pueblo, y por su objeto, puesto que consiste en defender no el interés general, sino el particular. El Estado llano abarca todo lo que pertenece a la nación y todo lo que no es el Estado llano no puede contemplarse como representante de la nación. ¿Qué es el Estado llano? Todo.

E. J. Sièyes: ¿Qué es el Estado llano? 1789.

2ª fase: Se convocan los Estados Generales para mayo de 1789, que se transforman en Asamblea Nacional.

Todo el mes de mayo de 1789 se pasó en deliberaciones sobre como hacer la verificación de poderes, si en común o por separado cada estamento (la verificación de poderes consistía en examinar si los diputados habían sido elegidos legalmente), y en como realizar la votación, si individualmente o por estamentos. Hasta que el 10 de junio el Tercer Estado decide hacer él solo la verificación de poderes y el 17 se proclama como Asamblea Nacional, es decir, se autoproclaman representantes únicos del pueblo. Al impedírseles la reunión en la sala de sesiones, los representantes del Tercer Estado se van al Juego de la Pelota (especie de cancha de frontón) y juran no separarse hasta dar a Francia una Constitución, a la vez que amenazan al rey con no pagar impuestos. En las sesiones siguientes algunos miembros del Clero se unen a los de la burguesía y finalmente, animados por el Rey, que recibe noticias inquietantes de revueltas populares por el extraordinario encarecimiento de productos básicos como el pan, representantes de los dos grupos (Clero Y Nobleza) deciden aceptar la asamblea conjunta para elaborar una Constitución. Se ha consumado el primer acto revolucionario, la Asamblea Nacional representa una revolución legal y la consagración del principio de la monarquía constitucional frente a la de derecho divino.

 

 

3º fase: La Asamblea Constituyente (1789-1791).

Va a tener como misión principal elaborar una Constitución y gobernar Francia ante la pésima situación económica que se estaba soportando. MEDIDAS:

- Elaboración de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano; donde se especifican entre otros derechos (libertad de pensamiento, de imprenta, igualdad, seguridad y resistencia a la opresión), el principio de Soberanía Nacional (el poder reside en la Nación) y el Principio de Presunción de inocencia.

- Abolición del Régimen feudal, suprimiendo los derechos feudales y los diezmos.

- Expropiación de las propiedades de la Iglesia (desamortización), y de los que habían emigrados huyendo de la Revolución, todo ello para hacer frente a las graves deudas del Estado francés, y su posterior venta en subastas, obligándose a los compradores a pagar en papel moneda o “asignados”; para despojar de protagonismo a la Iglesia, y para crear una clase de propietarios adeptos al régimen revolucionario.

- Elaboración de la Constitución Civil del Clero, que contempla la separación de la Iglesia del Estado, la consideración del Clero como funcionarios del Estado, debiendo obediencia a éste por encima del Papado; además se le obliga al Clero al juramento de este Estatuto; muchos no lo jurarán convirtiéndose en enemigos de la revolución (refractarios).

- Promulgación de la Constitución, que había tenido como preámbulo la Declaración de los Derechos. La Constitución o Ley Fundamental o texto jurídico superior a todos los demás, que se derivan de él y que gracias a él tienen validez, y que regula la composición, organización y funciones de los principales órganos del Estado, sus relaciones mutuas y las relaciones que éstos mantienen con los grupos sociales y políticos y con los ciudadanos en general, fue aprobada en septiembre de 1791, en un ambiente de tensión por los intentos de huida del rey Luis XVI, detenido en Varennes; en esta Constitución se contempla:

· La Soberanía Nacional.

· La división de poderes: Legislativo en manos de la Asamblea, formado por los representantes de la Nación (750 aprox.); el ejecutivo en manos del Rey con sus ministros y el judicial en manos de Jueces y Tribunales independientes.

· El establecimiento del sufragio censitario para la elección de los representantes

Como se observa, los principios tradicionales del Antiguo Régimen quedan suprimidos y emerge una Francia nueva.

Por tanto, hay que elegir una nueva Asamblea que gobierne y administre esa nueva Francia.

4ª fase: La Asamblea Legislativa (octubre de 1791-agosto de 1792).

El 30 de septiembre de 1791 se disuelve la Asamblea Constituyente con el acuerdo de que ninguno de sus miembros podría serlo de la siguiente. El objetivo de esta nueva Asamblea era completar las reformas iniciadas anteriormente y Gobernar Francia. Los representantes mayoritarios pertenecen a la alta burguesía y la nobleza, partidarios de una monarquía constitucional, CONSTITUCIONALISTAS (La Fallet), la alta burguesía financiera GIRONDINOS, que después de los acontecimientos del Rey se siente republicanos, aunque creen que lo fundamental ya está hecho; también son numerosos los JACOBINOS, republicanos de la mediana burguesía con ideas más radicales, que quieren extender los logros de la Revolución a las clases populares.

La Asamblea Legislativa se va a tener que enfrentar a dos graves problemas:

  • La Contrarrevolución, tanto en el interior de Francia (revuelta de los campesinos de la región de la Vendée que ven insuficientes los repartos de tierra y están atizados por el clero refractario; y el propio Rey Luis XVI, que escribe cartas imprudentes a los monarcas europeos pidiéndole una intervención en Francia), como en el exterior (por ejemplo desde Austria se emite un comunicado que amenaza con destruir París si se ejerce violencia sobre Luis XVI).
  • La grave crisis económica, que lejos de resolverse se agudiza con la mala cosecha de 1791, con una gran inflación por el excesivo de asignados emitidos y por los anuncios de guerra.

5ª fase: LA CONVENCIÓN (1792-1794)

Todo este cúmulo de circunstancias, más la ineptitud o ineficacia de la Legislativa por resolver los acuciantes problemas, van a provocar continuados estallidos populares, uno de los cuales acontecido en París en agosto de 1792 va a posibilitar un cambio de rumbo de la Revolución, propiciado por las clases populares (sans-culottes) organizadas por la burguesía media: LOS JACOBINOS.

Así pues, se va a pasar de una Revolución moderada a una Revolución radical, a través de la creación de una NUEVA ASAMBLEA (CONVENCIÓN) elegida por sufragio universal.

CONVENCIÓN, que va a tomar las siguientes medidas:

  • Encarcelamiento, juicio y ejecución del Rey Luis XVI (enero de 1793), lo que desencadenará la formación de una coalición internacional contra Francia.
  • Proclamación de una República.
  • Creación de una nueva Constitución (1793).
  • Establecimiento de una política basada en el Terror (Leyes contra sospechosos, Tribunales sumarísimos, jurados populares, leyes de excepción, establecimiento del principio de la denuncia como virtud).
  • Levas masivas, Francia pasa de la defensiva a la ofensiva conquistando numerosos territorios hasta el río Rin.
  • Leyes del maximun, establecimiento de requisas obligatorias y pena de muerte a los acaparadores.
  • Cambio en el calendario.
  • Supresión del culto cristiano…

6ª fase: EL DIRECTORIO (verano de 1794-1799)

El rumbo tan excesivamente radical que se estaba imprimiendo, va a mover a la alta burguesía a un movimiento para moderarla y consolidar lo obtenido, sobre todo tras los buenos resultados de las campañas exteriores y la necesidad de tranquilidad para poner en orden sus negocios. De ahí, que en el verano de 1794 y con apoyo del ejército den un golpe de Estado y pongan fin a la experiencia radical democrática y a sus lideres que pasarán a la guillotina.

Se trata de volver a los principios burgueses moderados que habían inspirado los inicios de la Revolución:

- Forma de Estado: La República.

- Soberanía Nacional, con sufragio de nuevo censitario.

- División de poderes en: ejecutivo formado por el Directorio de 5 miembros; legislativo con la novedad del establecimiento de 2 cámaras: Consejo de los Quinientos (verdaderos legisladores) y Consejo de los Ancianos (vigilan para evitar la no radicalización, proponen la elaboración de leyes) y judicial en manos de los Jueces.

- Lo característicos de este periodo es la progresiva fuerza que el Ejército va adquiriendo, por el prestigio que están desarrollando en el exterior, de tal manera que cada vez intervienen más en las actuaciones políticas: ya sea sofocando revueltas interiores o conquistando territorios lejanos en el exterior.

7ª fase: El Gobierno personal de un militar de gran prestigio: NAPOLEÓN (1799-1815)



2 comentarios

solange -

ME RESULTO UNA INFORMACION MUY ULTIL PARA MI ESTUDI YA QUE SOY UNA PERSONA GRANDE DE 54 CURSANDDO 5 AÑO HUMANISTICO GRACIAS

johanna -

la revolucion estallo como confluensi de las sigientes fuentes: crisis economica, descontento social y politico. influencias de nuevas ideas y porque el estado de francia se declaro en banca rota...